Editorial - Anuario de derecho penal (2015-2016)

Problemas actuales de política criminal

Este volumen del Anuario de Derecho Penal tiene como objetivo entrever las vías que pueden o deben seguirse en política criminal. Así, se busca presentar y evaluar las principales tendencias que orientan la prevención y el control de la delincuencia en el contexto contemporáneo, tanto en el ámbito internacional como interno de los Estados.

Bajo esta perspectiva se analizan fenómenos delictivos trascendentes y complejos como el lavado de activos, el terrorismo fundamentalista, la corrupción administrativa de las personas expuestas políticamente y la inseguridad ciudadana; y se consideran, desde diferentes enfoques, sus variables e indicadores criminológicos, político-criminales, psicosociales y dogmáticos.

De modo general, cabe destacar que un rasgo común que caracteriza a la política criminal diseñada para hacer frente a todas aquellas formas de delincuencia ha sido la formulación e implementación de decisiones y estrategias de sobrecriminalización y de recuperación de la cárcel. En el caso peruano, esto se evidencia, por ejemplo, en las recientes reformas penales, introducidas en los tres últimos años a través de decretos legislativos que han sido dictados recurriendo a la delegación - siempre oportunista - de facultades legislativas del Congreso de la República a favor del Poder Ejecutivo. Este coyuntural modelo de construcción de la política criminal nacional se caracteriza de manera esencial con lo que Simon (2007) denomina «gobernar a través del delito». Esto es, la inserción de un estilo de gobernanza basado en la necesidad de alinear estratégicamente las políticas públicas - económicas, financieras o tributarias - con la constante demanda social de control eficaz de la criminalidad, lo que implica un renovado y utilitario redimensionamiento de la política estatal en general - y, en particular, de la política criminal -, que tiene como consecuencia fundamental, según atinada descripción de Brandariz (2014), la constitución de hecho de un «gobierno de la penalidad».

Cabe destacar que este inédito paradigma de tratamiento de la criminalidad no constituye un proceder singular del Estado peruano, en la medida en que también se aplica en diversos países americanos y europeos, lo que se pone de manifiesto en los temas que se presentan y analizan en varias de las contribuciones que integran este volumen.

La descripción y análisis de los diversos aspectos de la política criminal - nacional e internacional - exigen tomar muy en cuenta la realidad de los contextos de relaciones de poder y de los intereses individuales y colectivos que condicionan la configuración, justificación y evolución de los sistemas de control social. Para ello es indispensable sondear los antecedentes históricos, a fin de determinar las circunstancias que condicionaron su génesis y desarrollo, y descubrir críticamente su desconexión con la realidad sociocultural.

El contenido de este volumen está ordenado de acuerdo con la índole de los temas tratados y con la generalidad o particularidad con que son abordados. 

  • John Vervaele reflexiona sobre el contexto actual de la sociedad de la información y la manera como éste configura una nueva forma de reacción penal frente a fenómenos como el terrorismo. Al respecto, ejemplifica la tendencia a la securitización con ejemplos paradigmáticos en la redacción del tipo penal de terrorismo. Específicamente, se refiere a la amplificación y anticipación de la intervención penal. Finalmente afirma que el paradigma antiterrorista vigente ha convertido al derecho penal en un mero instrumento de política de seguridad y control de riesgo.
  • Víctor Prado Saldarriaga repasa la evolución nacional e internacional de la política criminal en torno al delito de lavado de activos. Destaca los problemas y desafíos que la coyuntura actual plantea a los órganos del sistema penal respecto a la persecución de este delito, específicamente en relación con cuatro aspectos importantes: autonomía penal del lavado de activos, tratamiento y sanción de las personas jurídicas involucradas, las reglas preventivas previstas para las personas expuestas políticamente y el grado de eficacia alcanzado por la criminalización secundaria del delito. El autor concluye que la política criminal aplicada al lavado de activos no ha sido suficiente, y en ese sentido propone que la eficiencia se convierta en prioridad para el diseño de la política criminal sobre este delito.
  • Marcial Páucar revisa los principales elementos que componen la actividad de gestión de intereses o lobby, así como algunas actividades afines como el financiamiento de partidos políticos. Con esta finalidad, aborda supuestos problemáticos asociados a los favores políticos y a la gestión de intereses o lobby en el escenario de la corrupción política. Asimismo, explica las razones que justifican un cambio en el tratamiento dogmático y normativo de la delimitación penal y administrativa, a efectos de que las actividades de los políticos y altos funcionarios puedan desarrollarse de manera adecuada durante las gestiones de intereses que puedan suscitarse en el escenario político y económico. Finalmente, el autor concluye en la necesidad de proponer de lege ferenda un criterio jurídico válido para imputar responsabilidad penal a un político o alto funcionario, para lo cual analiza dogmáticamente el rol del agente.
  • Sobre la corrupción de funcionarios, Ramiro Salinas Siccha parte de la constatación de que cuando participan más de dos personas en la comisión de los delitos especiales —como lo son la mayoría de los delitos contra la administración pública - siempre resulta problemático determinar quién es autor y quién es cómplice o instigador. En ese sentido, teniendo como base la consolidación de una política criminal estatal de hacer frente a las conductas de corrupción que en el caso más extremo desintegran las sociedades, su objetivo es plantear algunas ideas razonables y coherentes para lograr una mejor interpretación y aplicación de los delitos funcionariales en nuestro sistema jurídico.
  • A su vez, Caty Vidales examina la relación entre el miedo al crimen, la influencia de los medios de comunicación y el diseño de la política criminal. Con este objeto, la autora analiza las últimas reformas al código penal español, algunas características de su procedimiento legislativo y sus respectivas justificaciones. Al respecto, destaca cómo la opinión pública, en tanto grupo de influencia, ejerce una presión intensa sobre los tomadores de decisión, quienes de este modo efectúan modificaciones sobre la base del sentimiento colectivo de inseguridad ciudadana, todo ello amplificado por la intervención de los medios de comunicación. La autora concluye mencionando las paradojas de una política criminal mediática y los efectos negativos que esta genera.
  • José Luis Díez Ripollés caracteriza a la política criminal contemporánea a partir del abuso que los poderes públicos hacen de los instrumentos de intervención penal. Escoge como criterio de interpretación y evaluación los indeseables efectos de exclusión social que ese exceso penal tiene sobre tres colectivos que entran en contacto con el control penal: sospechosos, condenados y excondenados. Tras justificar la elección de ese criterio frente al usual del rigorismo penal, analiza en once apartados un conjunto de reglas y prácticas punitivas cada vez más asentadas en nuestros sistemas penales y que cubren la criminalización, la persecución penal y la ejecución de sanciones. En cada uno de los acápites expone los efectos socialmente excluyentes que tales reglas y prácticas producen.
  • Por su parte, Percy García Cavero analiza la responsabilidad penal de las personas jurídicas y su actual relevancia político criminal en el sistema penal peruano. Primero, presenta brevemente cómo los sistemas penales constituidos conforme a la tradición europea continental han ido abandonando el postulado societas delinquere non potest y aceptando legislativamente que las personas jurídicas tengan una mayor o menor capacidad delictiva. En esta perspectiva legislativa, describe los modelos con los que se ha tratado de fundamentar dogmáticamente la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas, destacando cuál resulta más compatible con las exigencias del derecho penal actual. En la parte final de su trabajo, aborda las decisiones que al respecto se han tomado en la regulación penal peruana y, en especial, la cuestión concreta de si la regulación establecida en la ley 30424 constituye un modelo razonable de atribución de responsabilidad a la persona jurídica.
  • Sobre la misma materia, Laura Zúñiga desarrolla la incidencia de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en la protección de los derechos humanos. Destaca que, como imperativo internacional de las Naciones Unidas, los Estados están comprometidos a proteger los derechos humanos y a tutelar los derechos de las víctimas frente a las actividades económicas y sociales de las empresas que ponen en riesgo bienes jurídicos importantes, como el medio ambiente, la protección frente a la explotación laboral, la discriminación y demás comportamientos que dañan los derechos fundamentales de los seres más vulnerables. Señala que, del abanico de respuestas, la sanción penal - especialmente asociada a las sanciones patrimoniales reparatorias - se erige como una de las «sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias» que los Estados deben garantizar para prevenir estos comportamientos graves. En su opinión, la responsabilidad penal de las personas jurídicas, conjuntamente con la responsabilidad administrativa y civil, permiten desarrollar una serie de mecanismos necesarios para evitar la impunidad de los comportamientos organizados más graves que afectan la convivencia social.
  • Antonio Peña Jumpa plantea ideas para la discusión sobre la política criminal en contextos plurales. Para ello, parte de la siguiente hipótesis: la política criminal que guía el derecho penal de países como el Perú tiene como base el modelo de sociedad homogénea de nivel nacional. Esta circunstancia, según el autor, limita su aplicación y eficacia, y por cuanto no tiene en cuenta que debe ser aplicada en contextos diversos culturalmente diferentes y estratificados social y económicamente.
  • Finalmente, José Hurtado Pozo cuestiona la falta de análisis de los factores sociales, políticos y económicos que condicionan la configuración de la política criminal de un país. Por ese motivo, se propone describir el proceso de diseño de la política criminal peruana en los inicios de la República, a través del análisis de la configuración del sistema de sanciones penales y la criminalización de conductas. El autor sostiene, como resultado de su análisis, que el control y la administración penales se ejercieron de forma desigual debido a la ideología dominante, que concebía al Perú como una nación única. En ese sentido, afirma que se produce un distanciamiento entre el discurso ideológico basado en la ilustración, y las prácticas concretas de control social del inicio republicano, herederas directas de las coloniales.

Con esta publicación esperamos contribuir, modestamente, al estudio serio de los problemas de política criminal y, sobre todo, incentivar a los lectores a que tomen conciencia de que la comprensión y aplicación de un sistema de control social requiere el conocimiento serio y profundo de la política que instaure y practique el Estado. Todo esto con la esperanza de contribuir al fortalecimiento del estado de derecho.

Por último, expresamos nuestro profundo agradecimiento a los autores de los trabajos publicados, lo que nos permite mantener el nivel académico del Anuario de Derecho Penal. Asimismo, como en los anteriores números del anuario, debemos destacar que la publicación tiene lugar con la ayuda indispensable de la Universidad de Fribourg y de la Pontificia Universidad Católica del Perú, concretada en el eficaz trabajo del Fondo Editorial, a cuya directora, Patricia Arévalo, le manifestamos nuestro especial agradecimiento.

 

José Hurtado Pozo, Víctor Prado Saldarriaga, Bertha Prado Manrique

Fribourg-Lima, agosto de 2018